19 octubre 2008

Hasta fin de año se puede obtener la tercera placa


La obtención de la tercera placa, en el municipio, concluirá el 31 de diciembre y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2009, de forma obligatoria como dispone la Ley 2332 de 8 de Febrero de 2002.

Para el efecto el Concejo Municipal emitió la Ordenanza Municipal, 91/08 que ordena la obtención de la tercera placa, para llevar de manera obligatoria el autoadhesivo de la tercera placa de identificación vehicular que contendrá información básica sobre datos técnicos del vehículo y que debe ser visible a simple vista, así como información contenida de un código de barra.

El autoadhesivo de la tercera placa, será entregado a los propietarios de vehículos automotores, debidamente registrados en el municipio de Oruro de forma gratuita y previa verificación que el propietario no tenga deudas por el pago de impuestos y se haya realizado la actualización de datos del propietario a través del formulario que debe ser llenado en la Alcaldía.

La tercera placa debe estar pegada en la parte inferior del lateral izquierdo del parabrisas delantero del vehículo automotor, en el caso de vehículos descapotables que no lleven parabrisas este autoadhesivo será pegado en un lugar seguro y visible al igual que en las motocicletas.

Según la Ordenanza Municipal, 91/08, se establece como término para la obtención de la tercera placa el 31 de diciembre de 2008, vencido este término, no se podrán realizar trámites sobre vehículos que no hayan obtenido la Tercera Placa salvo aquellos que obtuvieren el registro.

En el caso de transferencia de vehículos automotores, el autoadhesivo podrá ser tramitado por el comprador del bien, previo registro del trámite de transferencia en el municipio y la cancelación de tributos que correspondan para su entrega conjuntamente en el certificado de propiedad.

De producirse el robo, hurto o extravío del autoadhesivo, el contribuyente queda obligado a obtener o tramitar un duplicado o la reposición de la Tercera Placa, con el pago de valorados que tienen un costo de cien bolivianos.

Los propietarios de vehículos que no cumplan con esta disposición serán sancionados según establece el artículo 380 inciso 12 del reglamento del Código Nacional de Tránsito.

DISPOSICIONES
Por única vez, se permite la tramitación y entrega de la Tercera Placa a los poseedores de vehículos que se registren en la administración tributaria municipal dentro del plazo establecido en el artículo cuarto de la presente Ordenanza y conforme a los requisitos establecidos.

La obtención de la tercera placa por el poseedor del vehículo, de ninguna manera otorga ni consolida el derecho propietario y no será posible realizar transferencias o trámites sobre vehículos, mientras no tengan regularizado el derecho propietario.

2 comentarios:

  1. por favor al que de datos sobre una vagoneta blanca con placa 1717 SBC se le dará buena gratificación...

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  2. por favor al que de datos sobre una vagoneta blanca con placa 1717 SBC se le dará buena gratificación...

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