La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), a través de su Resolución Administrativa 908/2014 del 24 de noviembre, estableció que la empresa Seguros Illimani SA no cumplió con los requisitos necesarios para comercializar el Seguro Obligatorio Contra Accidentes de Tránsito (SOAT) 2015.
Actualmente la única empresa autorizada para la venta del SOAT es la aseguradora Alianza, situación que molestó al transporte público por un supuesto monopolio, razón por la cual el Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros solicitó a la APS a principios de este mes emitir una nueva convocatoria en las que las aseguradoras Illimani y Credinform puedan presentar sus documentos que en una primera convocatoria fueron observados por no cumplir algunos requisitos.
"Seguros Illimani S.A. no cumple con los requisitos establecidos en los Ítems III) y XIV) punto 1, del artículo 4 de la Resolución Administrativa APS/DS/DJ/N°848-2014 de 30 de octubre de 2014, por lo que se encuentra imposibilitada de comercializar el SOAT de la gestión 2015", señala la resolución administrativa de la autoridad de pensiones emitida el pasado 24 de noviembre.
Respecto a la empresa Reaseguros Credinform Internacional S.A. la APS dispuso la inspección "in situ" (en oficinas de la aseguradora) para determinar la razonabilidad de los Estados Financieros al 30 de septiembre 2014.
La entidad señaló que la adjudicación del SOAT es resultado de una competencia de compañías aseguradoras interesadas, transparente y pública.
En ese marco indicó que la adjudicación de una sola compañía aseguradora no es algo nuevo, puesto que el año 2008 sólo se adjudicó a la empresa Credinform para la venta del SOAT 2009.
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